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Capítulo 7: Modificación del titular y contacto titular

  1. El cambio del titular y del contacto titular de un nombre de dominio (ceder un nombre de dominio) lo realizará el contacto titular del nombre de dominio o en virtud de lo dispuesto en el capítulo que hace referencia a la «Política de Solución de Controversias en materia de nombres de dominio para .cr y su Reglamento», los cuales forman parte del presente documento de Políticas.
  1. Si la transferencia del nombre de dominio es por solicitud del contacto titular, NIC Costa Rica fijará una tarifa de cobro para dicho trámite, la cual se indicará en el sitio http://nic.cr/tarifas.
  1. En caso de una transferencia producto de la solución de una controversia, NIC Costa Rica respetará el plazo establecido en el Capítulo Política de Solución de Controversias en materia de nombres de dominio para .cr y su Reglamento o según lo determinado por los Tribunales de Justicia de la República de Costa Rica, la OMPI o el CAM. Pasado este plazo, si el dominio no ha sido registrado por la parte beneficiada, el nombre estará disponible para registrar para cualquier persona física o jurídica. NIC Costa Rica acatará de manera estricta la sentencia en firme emitida por los Tribunales de Justicia de la República de Costa Rica, la OMPI o el CAM.
  2. Las transferencias o cambios de titular no se encuentran disponibles para dominios de categoría, por tanto no es posible realizarlas.
  3. El cargo automático no está habilitado para los dominios de categoría dado que, para realizar la renovación de dicho dominio, es requerido presentar documentación indicada en el “Capítulo 1: Registro de un Nombre de Dominio” según corresponda a la categoría cada vez que se renueva el nombre de dominio.
  4. Para una actualización o un cambio de razón social por alguna situación especial en un dominio de categoría sa.cr, .fi.cr, .ed.cr, .ac.cr, or.cr (no es una transferencia) se debe presentar:
  • Carta firmada por el representante legal de la institución en la cual se indiquen las razones y se solicite el cambio de nombre en el titular.
  • Copia de la cédula del representante legal.
  • Personería con no más de un mes de emitida o una certificación electrónica del Registro de la Propiedad con no más de 14 días de emitida.
  • Documento que valide el cambio de razón social.
  • Certificación de la entidad supervisora según corresponda a la categoría.

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