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Capítulo 11: Tarifas y medios de pago

  1. NIC Costa Rica determinará las tarifas aplicables y se reserva el derecho de realizar paquetes de servicios con tarifas determinadas. Para ambos casos, estas se indicarán a través de https://nic.cr/administracion-de-dominios, los sitios web oficiales del NIC, y de otros medios que NIC Costa Rica considere oportunos.
  1. Las tarifas y los impuestos correspondientes al servicio de registro de dominios .cr y todos los servicios asociados a éste, tales como renovación, transferencia, privacidad WHOIS, lista de espera, subastas, CRIX y cualquier otro que se brinde a través de los sitios web oficiales del NIC o a través de los medios que NIC Costa Rica disponga, deben cancelarse antes de que el proceso quede completado por parte de NIC Costa Rica.
  1. Las tarifas no son reembolsables una vez que el proceso haya sido finalizado por NIC Costa Rica.
  1. Las tarifas establecidas pueden ser modificadas por la Academia Nacional de Ciencias, a través de su unidad especializada NIC Costa Rica, para actividades promocionales y de otra índole.
  1. En el caso de modificaciones para actividades promocionales, aplicarán por tiempo limitado y se regirán por el reglamento que se emita para cada modificación. No serán retroactivas ni se extenderán más allá de la fecha de expiración indicada en el reglamento respectivo, salvo indicación explícita en la comunicación. Además, no requerirán de la actualización del Documento de Políticas para el funcionamiento del Dominio de Nivel Superior .cr ni de su publicación en el diario oficial La Gaceta y podrán ser canceladas o suspendidas en cualquier momento, debido a causas fuera del control de la Academia Nacional de Ciencias y NIC Costa Rica, o a circunstancias que atenten gravemente los intereses de esta institución y su unidad especializada.
  1. A partir del 01 de julio del 2019, el servicio de registro de dominios .cr y todos los servicios asociados a este están gravados con el Impuesto Sobre el Valor Agregado (IVA), según la Ley No 9635 del 03 de diciembre de 2018, Gaceta No 202, del 04 de diciembre de 2018 y su Reglamento, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Hacienda de la República de Costa Rica. Este impuesto debe ser pagado tanto por nacionales como por extranjeros.
  1. La categoría .go.cr al ser exclusiva para el sector gobierno de la República de Costa Rica, es exenta de pago.
  1. Medios de pago:
  • Tarjeta de crédito o débito (Visa, MasterCard, American Express, JCB y Diners Club): Por este medio existe la posibilidad de realizar el pago de forma individual o de manera consolidada para varios dominios.
  • Depósito o transferencia bancaria (incluida el Sistema Nacional de Pagos Electrónicos SINPE) a la cuenta corriente en dólares Nº: 100-02-080-600043-7, cuenta cliente 15108010026000431, Cuenta IBAN CR07015108010026000431 a nombre de la Academia Nacional de Ciencias, cédula jurídica Nº: 3-007-154845, del Banco Nacional de Costa Rica. Al realizar la transferencia, el solicitante deberá depositar el monto de la tarifa más el impuesto correspondiente e indicar en el detalle de la transferencia el nombre del dominio al cual le será aplicado el pago. Cualquier costo por concepto de comisiones cobradas por las entidades bancarias deber ser cubierto por el solicitante.
  • PayPal: a través de los sitios web oficiales del NIC o realizando el pago directamente en PayPal a la cuenta pagos-paypal@nic.cr.
  • Saldo: cuando un dominio tiene un saldo a favor, puede aplicarlo durante el proceso de pago del registro de dominios .cr y todos los servicios asociados a este. Una vez colocado dicho saldo, este tiene una vigencia de un año para su utilización.
  • Transferencia bancaria desde el exterior con las siguientes indicaciones (Wire Transfer). El solicitante deberá depositar el monto de la tarifa más el impuesto correspondiente, así como cubrir cualquier costo adicional por concepto de comisiones bancarias que se generen por utilizar este medio de pago. NIC Costa Rica, no asumirá ningún cargo por concepto de comisiones bancarias y de cualquier otra índole, por lo tanto, debe recibir el monto correspondiente al servicio brindado. El usuario debe considerar el tiempo que tarde en ingresar el dinero a la cuenta bancaria de la Academia Nacional de Ciencias, ya que NIC Costa Rica no se hace responsable de posibles atrasos que puedan afectar las solicitudes pendientes. Los datos para la transferencia bancaria desde el exterior son:
Nombre del Banco:Banco Nacional de Costa Rica
Dirección de banco:Av 1 y 3, Calle 4, Oficinas centrales, San José, Costa Rica
Teléfono banco:(506) 2212-2000
Código SWIFT:BNCRCRSJ
Beneficiario:Academia Nacional de Ciencias
Dirección:Av 8 y 10, Calle 27A, San José Costa Rica
Teléfono:(506) 4020 5000
Cuenta número:100-02-080-600043-7
IBAN:CR07015108010026000431
  1. NIC Costa Rica se reserva el derecho de poner a disposición otros medios que faciliten los pagos correspondientes.
  1. En el caso de pago por depósito o transferencia, esta debe realizarse antes de efectuar la solicitud correspondiente. Si el pago se hace mediante tarjeta de débito o crédito, este se realiza cuando se completa la fórmula a través del sitio web oficial.
  1. Se emitirán comprobantes electrónicos por los servicios que NIC Costa Rica brinde y para los que se tiene una tarifa establecida.
  1. Independientemente de quien realice el pago por un servicio determinado, el dominio siempre pertenecerá al titular de éste.
  1. Los datos incluidos por el usuario para generar el comprobante electrónico de compra son responsabilidad única y exclusiva del cliente. En caso de error en los mismos, el usuario debe solicitar la corrección en los siguientes 15 días naturales, siempre y cuando estos queden contemplados dentro del mismo período fiscal.
  2. Con relación a la devolución del 2% de retención en la fuente (renta) para las instituciones públicas, para solicitarla se debe de remitir una solicitud de la empresa o institución firmada por la persona competente en la cual deben de indicarse los datos bancarios para su devolución: cuenta IBAN, nombre de la institución financiera en la que se realizará el depósito, nombre del dueño de la cuenta y cédula jurídica según corresponda. Además debe remitir documento que respalde la solicitud de devolución del 2%. Es importante indicar que de no brindarse una cuenta en dólares americanos, el depósito se realizará con el tipo de cambio indicado en la factura de la transacción.
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